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La ocupación del territorio de La Ginebrosa es antigua como lo muestran los restos de época ibérica encontrados en el Tozal de La Catma y el Castillo de Buñol.
Precisamente en el castillo de Buñol la ocupación continúa en época islámica, ya que junto a los restos del castillo, están los restos de la aldea que se situaba a sus pies.
Documentación fechada el 8 de febrero de 1272, menciona que La Ginebrosa pertenecía a Blasco de Alagón. En 1291 Artal de Alagón dio carta puebla a los habitantes de La Ginebrosa. En el año 1414 estaba bajo jurisdicción de la orden del Hospital de encomienda de Castellote.
Su historia sigue la de la encomienda templaria y después sanjuanista de Castellote.
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En el siglo XVI hubo un intento de venta del municipio de La Ginebrosa al Conde de Aranda, pero por orden real se prohibió esta venta. Entonces pasó de la orden de San Juan de la encomienda de Castellote a la encomienda calatrava de Alcañiz. A principios del siglo XVII, en 1613, pierde parte de su término municipal al segregarse Aguaviva, hasta entonces barrio de La Ginebrosa.
En cuanto a administración, La Ginebrosa ha formado parte, de forma sucesiva, a la encomienda hospitalaria de Castellote, a la sobrecullida de Alcañiz (1446-1495), a la vereda de Alcañiz (1646) y al corregimiento de Alcañiz (1711-1833). Se constituye como Ayuntamiento en 1834 y forma parte del partido judicial de Alcañiz.
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TEXTO DE LA REPRESENTACION TEATRAL
DE LA CONMEMORACION DE LA FIRMA DE LA CONCORDIA
ENTRE LAS VILLAS DE LA GINEBROSA, AGUAVIVA Y
MAS DE LAS MATAS, OCURRIDA HACE 400 A?’OS (1611).
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La Ginebrosa, 13 de Agosto de 2011 Plaza Mayor
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Aparecen el pregonero y un dulzainero y se ubican en la parte del proscenio contraria al que estén las sillas del Justicia y Merinos. Tocan una pieza con aire ceremonial.
Aparecen el Notario, Escribano, Justicias y Merinos de las correspondientes villas y se colocan de pie delante de sus respectivos asientos.
Aparece el Comendador acompañado del Procurador y sus guardias y se colocan también de pie delante de sus asientos
Fin del toque ceremonial. Redobles. El pregonero saca un pergamino y lee.
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Pregonero:In Dei Nomine Amen. Sea a todos los presentes manifiesto, que llamados y convocados: el señor notario Real, los señores Justicia y Merino de la villa de La Xinebrosa y demás autoridades de los lugares de Aguaviva y Mas de las Matas, por mandato expreso del señor Don Vicente Mir y Benedicto como representante del dicho lugar, denominado La Xinebrosa.
Y no hallándose ninguno discrepante, ni contradicente con dicho mandato, se han adjuntado dichas señorías en esta Plaza Mayor, en donde otras veces, para tales y semejantes actos y cosas, se han acostumbrado y acostumbran a congregar.
Compareciendo también en esta Plaza Mayor de la villa de La Xinebrosa, el señor Fray Don Lupercio de Arbizu, Comendador de Aliaga y Castellote, tesorero de la Orden de San Juan de Jerusalen en la castellanía de Amposta y el señor Fray Don Carlos de Sesé, caballero en devoción de la misma Sagrada Religión y Comendador de la Encomienda de Samper de Calanda en calidad de Procurador, a trece días del mes de Agosto del corriente año de mil seiscientos once de nuestro Señor Jesucristo…
El pregonero se toma un pequeño respiro, pues esto último lo ha dicho casi de carretilla.
Estando pues, presentes todos los dignos señores citados anteriormente, se va a proceder a la firma de la Capitulación y Concordia para acabar con los pleitos que desde hace años, existen entre los moradores de las tres villas representadas aquí por sus autoridades, que de muchos años a esta parte, han engendrado mucho odio, rencor y mala voluntad de los unos contra los otros, tan arraigados y encontrados, que no se espera remedio, sino atajando y extinguiendo dichos pleitos por medio de la presente Concordia.
A continuación y como es costumbre, se procederá a la presentación de la Bula Magistral de colación y ejecución real, otorgada por el Eminentísimo y Serenísimo Señor Gran Maestre de la dicha Sagrada Religión, Fray Adolfo de Frías. Bula por la que se designa a Fray Don Lupercio de Arbizu como comendador de Aliaga y Castellote, y tesorero de la Orden de San Juan de Jerusalén en la castellanía de Amposta.
El dulzainero hará aquí un pequeño toque e inmediatamente después tanto él como el pregonero se retirarán más al fondo. En este momento se adelanta al proscenio el Procurador, que ha tomado el pergamino de uno de los criados. Entrega la Bula al notario que la enseña al Comendador y al Justicia y se la devuelve al Procurador.
Procurador: (mirando al público) Siendo presentada la dicha Bula Magistral de colación y requerido su cumplimiento, y no habiendo caballero Comendador o Prior de la dicha Sagrada Religión que ponga impedimento alguno, y sin perjuicio de las Regalías Reales, se invita al dicho Fray Don Lupercio de Arbizu a presidir este acto de Capitulación y Concordia y mediar en las disputas que puedan surgir en su aceptación y firma.
(Murmullos entre Justicias y Merinos, hacen corro y hablan entre ellos)
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Justicia de La Ginebrosa: Sr. Comendador, bien sabéis que estas tierras fueron otorgadas a la villa de La Ginebrosa por Don Artal de Alagón en 1291. y que tras treinta y cinco años de pleitos y controversias la villa de La Ginebrosa está dispuesta a aceptar la segregación de los barrios de Aguaviva y del Mas de las Matas, siempre y cuando ello, no suponga un gran dispendio para nuestro concejo, además, aceptamos los permisos de división y nombramientos realizados por Fray Gaspar de Spuch, en dichas pedanías. Pero, os recuerdo que tal separación sólo les ocasionará problemas por la falta de experiencia en estas complejas tareas.
Merino de La Ginebrosa: Así es, Sr. Comendador, y no cesaremos en nuestros litigios, si la resultante de esta Concordia no satisface nuestros puntos de vista, sobre todo, en cuanto a que el reparto de bienes, poderes y administración, sea justo.
(Murmullos entre Justicias y Merinos, hacen corro y discuten)
Comendador: Señores, claro es el Evangelio, cuando dice: si alguno te pone pleito, procura arreglarte con él, mientras vais de camino. No veis que por el camino de los pleitos, que son largos y costosos, llegareis a causar la ruina de vuestros pueblos.
No pretenderéis usar la fuerza, además, vuestros adversarios son más numerosos que vosotros y si un día se levantaran que ocurrirá?. y como aconseja el Evangelio ¿ Que Rey, que va a dar una batalla … no considera primero y delibera si puede hacer frente con diez mil al que viene contra él con veinte mil? Si no, hallándose aún lejos de aquél, le envía una embajada haciéndole proposiciones de paz.
Justicia de Aguaviva: Tiene razón el Sr. Comendador, arreglemos aquí nuestras diferencias, que no son pocas, firmemos un pacto que facilite las cosas a nuestros pueblos y dejémonos de pleitos que sólo han producido grandes gastos y perjuicios.
Merino de Aguaviva: Sí, sí, conviene repartir, tanto los provechos, como los gastos comunes de las tres villas, y en cuanto los hornos de pan cocer, su eminencia, si me permite, cada villa podría tener el suyo.
Procurador: ¿ Cómo tenéis la osadía ?. Los hornos de pan cocer pertenecen y siempre han pertenecido a la Sagrada Religión, no estamos aquí para discutir semejante majadería. Nos hemos reunido únicamente para tratar vuestra Concordia y además …
Comendador: Tranquilo Fray Carlos, dejad que los representantes de las villas que se van a formar aquí esta tarde, nos cuenten sus inquietudes, es este un momento solemne, en el que no podemos por más que escuchar los problemas de estos que gobiernan en sus concejos.
Justicia de Mas de la Matas: Sr. Comendador, respecto al gobierno de las villas vos sabéis que llevamos años demandándolo, pues por haberse anunciado la expulsión de moriscos de estas tierras y existir mucha gente vagabunda y delincuente, los vecinos de Aguaviva y de Mas de las Matas se encuentran indefensos al no tener autoridades ni guardias, y por estar tan próximos al reino de Valencia, mientras avisamos al Justicia de La Ginebrosa los maleantes ya han traspasado la frontera. Y en cuanto al reparto de los términos, aceptamos el realizado por el anterior Sr. comendador Fray Gaspar de Spuch, puesto que nos parece muy justo así lo hemos considerado entre los tres Justicias.
Merino de Mas de las Matas: Sr. Comendador, este acuerdo debería estar confirmado mediante una Bula, por el Gran Maestro de la Orden de San Juan, para darle mayor autoridad frene a controversias que puedan surgir. Y pedimos además la retirada de todos los Procesos pendientes de todas y cada una de las parte.
Procurador: Fray Lupercio, no dejareis que éstos vuestros vasallos pidan con esta desvergüenza, cosas que sólo corresponde a un comendador y a nuestra Sagrada Religión administrar y decidir.
Comendador: Dejad Fray Carlos, dejad. Veo señores que lo que pedís es justo y como justo señor que soy de esta encomienda, mi escribano personal ha tomado buena nota de ello, por lo que una vez lo revise el notario, e incluya algunos términos sancionadores, nos leerá el acuerdo de Capitulación y Concordia, al que una vez firmado, se dará fiel cumplimiento.
El Notario, acaba de escribir en sus hojas y a continuación pasa a leer públicamente los acuerdos alcanzados.
Notario: Yo, Luis Juan Lombart, vecino de Ráfales, y con autoridad real por todo el término de Aragón, público notario que al sobredicho acto presente soy, signo de mi y doy fe de todo lo que aquí ha acontecido. Pasando a leerles a los aquí presentes el acuerdo al que han llegado.
1º La Ginebrosa otorga su pleno consentimiento para la separación de sus barrios.
2º Se pacta que los habitantes de La Ginebrosa no estén sujetos a los jueces de Aguaviva ni del Mas de las Matas, y si fueran apresados, sean remitidos en el plazo de 24 horas.
3º Que cada pueblo tenga su propio Gobierno y Concejo perpetuamente.
4º Se acuerda la división y señalamiento de términos para cada uno de los tres pueblos.
5º y último. Se autoriza a las villas de Aguaviva y Mas de las Matas a la construcción de su horno de pan cocer.
Aquí se baja el volumen del Notario y continúa leyendo, mientras el escribano da una breve explicación y resume los puntos que el Notario está exponiendo.
A continuación el Comendador se dirige al público.
Yo, Lupercio de Arbizu, Comendador de la Sagrada Religión de San Juan de Jerusalén en la encomienda de Castellote, en presencia de todos vosotros, habitantes que pobláis estas tierras, otorgo el título de villa al antiguo lugar de Aguaviva y asimismo nombro Justicia de dicha villa a D.Domingo Margelí Castañer, y Merino a D.Santiago Pueyo Blasco, también, otorgo el título de villa al antiguo lugar de Villarpardo que ahora llamáis Mas de las Matas, nombro Justicia a D.Miguel Moliner Gasión, y Merino a D.Pedro Lamata Aguilar. Asimismo, renuevo en su cargo de Justicia de La Ginebrosa a D.Vicente Mir y Benedicto, y Merino a D.Gerardo Carceller Miralles. Y además otorgo a estas recientes nombradas villas, la potestad de levantar horca y pellerín en sus plazas correspondientes, y a vosotros (dirigiéndose al concejo)la autoridad de administrar justicia, y nombrar los cargos que sean necesarios, para la realización de vuestro cometido.
Tras esta lectura, los Justicias y Merinos de La Ginebrosa, Aguaviva y Mas de las Matas aceptan la Concordia y acercándose al Comendador haciendo el correspondiente juramento y al Notario firmando el documento.
Yo, D.Vicente Mir y Benedicto como Justicia de la villa de La Ginebrosa, acepto los términos de esta Concordia y juro defender todos y cada uno de estos acuerdos.
Yo, D.Domingo Margelí Castañer como Justicia de la villa de Aguaviva, acepto los términos de esta Concordia y juro defender todos y cada uno de estos acuerdos.
Yo, D.Miguer Moliner Gasión como Justicia de la villa de Mas de las Matas, acepto los términos de esta Concordia y juro defender todos y cada uno de estos acuerdos.
Yo, D.Gerardo Carceller Miralles como Merino de la villa de La Ginebrosa, acepto los términos de esta Concordia y juro defender todos y cada uno de estos acuerdos.
Yo, D. Santiago Pueyo Blasco como Merino de la villa de Aguaviva, acepto los términos de esta Concordia y juro defender todos y cada uno de estos acuerdos.
Yo, D.Pedro Lamata Aguilar como Merino de la villa de Mas de las Matas, acepto los términos de esta Concordia y juro defender todos y cada uno de estos acuerdos.
El populacho aplaude y da vivas al Comendador.
Procurador: Y ahora, Sr. Comendador, vayamos a la iglesia donde nos espera Mn. Tomás Adán, para celebrar una misa en honor a San Bartolomé.
Comendador: Vecinos de esta villa, espero que el documento que aquí se ha firmado bajo la supervisión de vuestros Justicias y Merinos, sea el referente para que a partir de ahora, cesen las rivalidades y pleitos entre estos tres pueblos y que en adelante os abracéis como buenos cristianos y podáis vivir en paz.
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Quedad con Dios.
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fin.
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Apuntes sobre La Corona de Aragon.
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Interregno
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Período de dos años (1410-1412) en el que la Corona de Aragón se quedó sin monarca.
Martín I, el humano muere en 1410 sin dejar sucesor, cosa que no había ocurrido desde los inicios, 1337.
Los Estados que integran la Corona de Aragón; aragoneses, valencianos y catalanes están ligados únicamente por la monarquía, luego una vez desaparecido este vínculo, cualquier cosa puede ocurrir, pues funcionan a la práctica de una manera independiente. Podían haber continuado por separado, pero decidieron intentar continuar con la unidad dinástica y territorial de la Corona.
Loa aragoneses toman la iniciativa celebrando asambleas para buscar la fórmula para designar nuevo rey. Hubo un intento en 1411 en Calatayud, con pocos resultados, pero sí se sentaron las bases para la próxima reunión que se celebrará en Alcañiz.
En Febrero de 1412 se encuentran los tres Estados en Alcañiz en lo que ha transcendido como La Concordia de Alcañiz.
Se reúnen representantes del reino de Aragón, del reino de Valencia y Cataluña para fijar el procedimiento para nombrar un monarca común.
Tras varios debates, se decide lo siguiente:
Cada uno de los tres Estados propone tres candidatos. El elegido deberá lograr como mínimo seis votos. Debe conseguir por lo menos un voto de cada uno de los tres Estados.
La elección se celebrará en la villa de Caspe en el mes de Junio.De los nueve candidatos destaca por la parte aragonesa Fernando de Antequera que es un príncipe castellano, con apoyo de la mayoría aragonesa, de muchos valencianos y también del Papa Benedicto XIII y por la parte catalana destaca el conde Jaime de Urgell.
Los nueve compromisarios elegidos se reúnen en Caspe el 12 de Junio de 1412.
Por fin eligen como nuevo rey de la Corona de Aragón a Fernando de Antequera que reinará como Fernando I.
Los votos alcanzados son : tres de aragón, dos de valencia y uno de cataluña.. A Jaime de Urgell le votan dos de cataluña, habiendo una abstención de un valenciano.
Los aragoneses y valencianos salen muy conformes pues ven unas buenas y pacíficas relaciones con Castilla y León
Los partidarios del conde de Urgel no aceptan el resultado de Caspe, pues ven que los castellanos han ejercido presiones. Durante un año, Aragón, y Cataluña se levantan en armas hasta que en Octubre de 1413 Jaime de Urgel es hecho prisionero y encarcelado por el resto de su vida.
El Compromiso de Caspe queda como buen hacer para resolver tensiones políticas aplicando la diplomacia frente a la confrontación violenta.